SARLAFT
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¿Le ha llegado un correo sobre el SARLAFT y no tiene claro de qué se trata? Aquí le explicamos, en palabras sencillas, por qué existe este proceso y para qué sirve, sin tecnicismos ni vueltas.

SARLAFT una sigla para denominar al Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo, y es el sistema que usan las entidades de salud para conocer y verificar la información de las personas con las que trabajan —incluidos sus prestadores—, como parte de los controles de transparencia y buenas prácticas que exige la normativa vigente para el sector salud.
Esta verificación es exigida por la Superintendencia Nacional de Salud, a través de la Circular Externa 009 de 2016 y, su actualización, con la Circular Externa 5-5 de 2021. Este proceso de verificación obligatorio inicia desde el momento en que alguien se vincula como prestador de Coomeva Medicina Prepagada y continúa mediante la actualización que se debe hacer una vez al año y que se describe a continuación.
Cómo diligenciar el formulario
1. Ingreso
Entre a la Oficina Virtual del Prestador con su usuario, en https://oficinavirtualmp.coomeva.com.co/. En el menú lateral, despliegue «Actualización de Datos» y haga clic en «Mis Datos (Sarlaft)».
2. Datos de quien diligencia
Al ingresar, registre primero los datos de la persona que diligencia el formulario (tipo y número de identificación, nombre completo, celular y correo electrónico). Esta persona puede ser distinta al prestador.
3. Formulario precargado
Si ya diligenció el formulario en un periodo anterior, el sistema mostrará un aviso con la fecha de la última actualización y cargará la información previamente registrada, para que la revise y actualice según corresponda.
4. Diligenciar el formulario
Complete todos los campos solicitados, El formulario está dividido en secciones numeradas del 0 al 5; navegue entre ellas con los íconos de desplazamiento a la derecha e izquierda. Cuando una pregunta no aplique a su caso, escriba «No Aplica». Ningún campo debe quedar en blanco.
5. Guardar y continuar después
Puede guardar el avance en cualquier sección y salir del formulario sin perder la información. Al reingresar, el sistema le preguntará si desea continuar la actualización en curso.
6. Adjuntar archivos
Cargue su Registro Único Tributario (RUT) actualizado (fecha de descarga últimos 60 días).
7. Firmar y finalizar
Autorice el tratamiento de datos personales y firme el documento con su nombre completo, en letra mayúscula.
8. Confirmación
Recibirá en su correo electrónico registrado una copia del formulario diligenciado en formato PDF. Con la firma del formulario, el proceso queda completado ante Coomeva Medicina Prepagada. No se requiere ningún envío adicional.
La actualización es obligatoria y debe realizarse al menos una vez al año, mientras se esté vigente la relación contractual con Coomeva Medicina Prepagada. No completar este proceso o dejar el formulario sin actualizar puede afectar su habilitación operativa como prestador.

Origen del SARLAFT: del sector financiero a la salud
La implementación del SARLAFT en Colombia responde a estándares internacionales y se fundamenta en las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), organismo intergubernamental que fija las pautas globales para combatir el lavado de activos, la financiación del terrorismo y la proliferación de armas de destrucción masiva.
El primer ente regulador en exigir a sus vigilados la adopción de este sistema fue la Superintendencia Financiera de Colombia mediante la Circular Externa 022 de 2007 (recopilada posteriormente en la Circular Externa 029 de 2014), dirigida en principio a bancos, aseguradoras, fiduciarias y demás entidades del sector financiero. Posteriormente, en 2016, la Superintendencia Nacional de Salud y entes regulatorios de otros sectores adoptaron y ajustaron esta metodología de gestión de riesgos para combatir el lavado de activos en sectores sensibles a este delito que flagela a la humanidad.
¿A quién aplica el SARLAFT en el sector salud?

La obligatoriedad no es igual para todos los actores del sistema. Según Supersalud, deben cumplir el SARLAFT de forma obligatoria[1]:
- EPS de los regímenes contributivo y subsidiado
- Empresas de Medicina Prepagada, como Coomeva
- Servicios de Ambulancia Prepagada
- Secretarías de salud municipales, departamentales y distritales
- IPS públicas, privadas y mixtas de ciertos grupos definidos por la circular
- EPS Indígenas (EPS-I)
Para otro tipo de IPS y para los regímenes especiales o de excepción, la adopción es voluntaria, salvo algunas obligaciones puntuales ya definidas en otras normas.
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Bibliografía
[1] Superintendencia Nacional de Salud, ABECÉ de la Circular Externa 009 de 2016 modificada por la Circular Externa 5-5 de 2021 (docs.supersalud.gov.co)









