Colombia es el primer país de América Latina en despenalizar el suicidio asistido.
La Corte Constitucional despenalizó el suicidio médicamente asistido (SMA), en el marco del derecho a morir dignamente, para personas con enfermedades graves o incurables con veras de liberar al paciente de un sufrimiento intolerable o una muerte que se consideren indigna.
Este procedimiento médicamente asistido se refiere a la asistencia proporcionada por un profesional de la salud, en el que se formula o entrega la dosis letal para que el paciente se la autoadministre, causando así su propia muerte. Esta solicitud de procedimiento debe hacerla un paciente con una enfermedad terminal o una enfermedad incurable avanzada y siempre se lleva a cabo con el apoyo y la supervisión del profesional de salud.
La decisión de despenalización se llevó a cabo luego de un recurso presentado por el Laboratorio de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DescLAB), en el que se impugnó el segundo párrafo del artículo 107 del Código Penal: “El que eficazmente induzca a otro al suicidio, o le preste una ayuda efectiva para su realización, incurrirá en prisión de treinta y dos (32) a ciento ocho (108) meses. Cuando la inducción o ayuda esté dirigida a poner fin a intensos sufrimientos provenientes de lesión corporal o enfermedad grave e incurable, se incurrirá en prisión de dieciséis (16) a treinta y seis (36) meses”.
Con 6 votos a favor y 3 en contra, la Corte Constitucional eliminó las sanciones al suicidio asistido. El Tribunal comunicó que esta medida aplicará siempre que el paciente haya “expresado su consentimiento libre, informado e inequívoco a este fin”, sufra “lesiones corporales o una enfermedad grave e incurable” y esté “sometido a un dolor físico y psicológico incompatible con su sentido de la dignidad”.
La Corte expresó que el SMA tendrá que ser prestada por un profesional de la salud, ya que “el médico es quien dispone de las mejores herramientas técnicas, científicas y éticas para garantizar la salvaguarda de la dignidad humana en este procedimiento».
Así como con la eutanasia, para poder acceder al suicidio medicamente asistido y ejercer su derecho a morir dignamente, el paciente debe dejar expresada y manifestada su voluntad, nadie más puede tomar esa decisión por él o ella.
La Fundación Pro Derecho a Morir Dignamente (D.M.D) aconseja que quienes deseen tener la opción de acceder a la eutanasia o al suicidio asistido, dejen formalizada esta decisión en un Documento de Voluntad Anticipada.